ICO MORATORIA HIPOTECARIA En los últimos meses hemos pasado de conocer vagamente las líneas de financiación que el Instituto de Crédito Oficial (ICO) ponía a nuestra disposición a recurrir a ellas con imperiosa necesidad y con un amplio (otras veces no tanto) conocimiento de las mismas. Cierto es que el motivo de todo esto no es más que una campaña de acoso y derribo que el Gobierno ha elaborado para trasladar a cualquier rincón de la geografía española sus iniciativas de modo que hasta aquel que no ve la televisión acaba enterándose de que ha “salido” el ICO LIQUIDEZ, ICO PYME, etc… La última de las líneas de financiación que ICO ha sacado a la luz es el ICO MORATORIA HIPOTECA; un nombre de lo más apetecible para las maltrechas economías del español de a pie que padece lo que no está escrito para poder ir pagando su hipoteca mes a mes. A pesar de la masiva campaña informativa puesta en marcha, los datos son bastante escasos y muchas veces ni entidades ni el propio ICO saben dar ciertos detalles acerca de las características y condiciones de sus productos (tal vez por la rapidez y quizás descoordinación con la que se están haciendo algunas cosas) por lo que pensamos que es importante y vital aclarar qué es el ICO MORATORIA HIPOTECA y quiénes son los afortunados que tienen opciones de optar a dicha línea. ¿En qué consiste? Aplazamiento del 50% del importe de las cuotas hipotecarias hasta un máximo de 500€/mes. El aplazamiento será formalizado a través de un nuevo contrato con la misma entidad bancaria. El pago de las cuotas atrasadas comenzará a partir de Marzo de 20012 y los plazos de amortización serán 3, 5, 7, 10 o 15 años pero nunca podrá ser superior al vencimiento del préstamo hipotecario. El tipo de interés de las cuotas aplazadas será variable: ICO+0,80% Requisitos. La hipoteca ha de haberse concertado con anterioridad al 1 de Septiembre de 2008 por importe igual o inferior a 170.000€ y que recaiga sobre la vivienda habitual. Ser trabajador por cuenta ajena, en paro durante un período mínimo de 3 meses con antelación a la solicitud y estar cobrando prestación de desempleo (condiciones con anterioridad al 1 de Enero de 2010) Ser trabajador por cuenta propia y haber cesado su actividad. Esta situación ha de mantenerse durante 3 meses con antelación a la solicitud (condiciones con anterioridad al 1 de Enero de 2010) Ser trabajador por cuenta propia de ingresos íntegros inferiores a 3 veces el importe mensual del indicador público de renta de efectos múltiples durante 3 meses (Iprem mensual: 527,24€). (Condiciones con anterioridad al 1 de Enero de 2010)
Ser pensionista de viudedad por fallecimiento ocurrido una vez concertado el préstamo hipotecario. Fecha posterior al 1 de Sept. De 2008 (condiciones con anterioridad al 1 de Enero de 2010).
Si tiene cualquier duda acerca de cualquier producto financiero, nuestros expertos de Círculo Gacela, economistas, serán imparciales y objetivos y le echarán una mano a la hora de indicarle cuál es la mejor opción y explicarle todo aquello que hay más allá de las típicas cortinillas de humo en que ciertas campañas publicitarias se convierten muchas veces.
Fuente: Consultoria empresarial Círculo Gacela
Mas noticias en : Circulo Gacela - Bilbao Circulo Gacela - Santander Circulo Gacela - Badajoz Circulo Gacela - Aranjuez
|